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Toda Fianza nace de la necesidad de respaldar una obligación contractual. Se considera como un instrumento a través del cual el afianzador garantiza a la entidad beneficiaria el cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones asumidas por un contratista mediante la firma de un contrato.

En una fianza intervienen tres partes:

  • Afianzador (Cía. de Seguros, Fiador )
  • Beneficiario (Asegurado, Contratante)
  • Contratista (Afianzado, Cliente)

En caso de que el contratista no fuera capaz de cumplir a cabalidad con las obligaciones contraídas, el afianzador deberá honrar su compromiso con el beneficiario mediante el pago de la fianza.

Características de las Fianzas Incondicional.- La aseguradora no podrá oponer al pago, situaciones no previstas en la Ley. Irrevocable.- La aseguradora no podrá dejar sin vigencia las coberturas otorgadas. Cobro Inmediato.- Obligación de la aseguradora de realizar el pago, tan pronto como el beneficiario, le presente la documentación necesaria.

Nuestros productos

Seriedad de Oferta

Garantiza la suscripción (firma) del contrato, entre el contratante y el contratista, en las condiciones y montos establecidos en la propuesta presentada.

Para el Sector Público, de acuerdo a lo que establece la Ley de Contratación Pública, el valor asegurado corresponde al 2% del monto de la propuesta, mientras que para el Sector Privado, el contratista debe presentar la fianza de acuerdo al porcentaje señalado en las bases del concurso.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tiempo de vigencia de esta póliza?
 
Esta garantía tiene una vigencia mínima de 90 días. Para el caso del sector privado el tiempo de vigencia dependerá de lo estipulado en las bases del concurso.
¿Hasta cuándo deberá estar vigente?
 
Esta garantía debe mantenerse vigente hasta la suscripción del contrato entre el beneficiario y el contratista a quien ha sido adjudicado el contrato.
¿Cómo se libera esta garantía?
 
Esta garantía se libera con la presentación del original de la póliza o un oficio del beneficiario indicando que el contratista no ha sido adjudicado. La garantía de seriedad de oferta fenece al momento de la suscripción (firma) del contrato o también con la terminación de la vigencia de la misma.
¿En qué caso puede ser ejecutada?
 
Esta garantía se ejecuta en caso de que el contratista se negare a suscribir el contrato en las condiciones de su propuesta.

Fiel cumplimiento de contrato

Una vez adjudicado el Contrato, esta fianza garantiza el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato, en tiempo y calidad por el contratista.

Para el Sector Público, conforme lo que establece la Ley de Contratación Pública, el valor asegurado de esta garantía corresponde al 5% del monto del contrato, mientras que para el Sector Privado, la fianza es equivalente al porcentaje acordado en el contrato, máximo se deberá aceptar un 10%.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tiempo de vigencia de esta póliza?
 
El tiempo de vigencia de esta fianza está determinado por el plazo contractual. Inicia con la suscripción del contrato y estará vigente hasta la recepción definitiva y/o única del mismo. Su valor asegurado deberá mantenerse por el 100% del valor garantizado hasta al final de su vigencia.
¿Hasta cuándo deberá estar vigente?
 
Deberá estar vigente hasta la recepción definitiva de la obra que según el sector Público, se formaliza mediante un acta definitiva que se firma 180 días (seis meses) después de la recepción provisional. En caso de contratos de provisión, fiscalización, consultoría, etc., se acostumbra una realizar una recepción única. Para contratos del sector Privado, se regirá por lo estipulado en el contrato.
¿Cómo se libera esta garantía?
 
Esta garantía se libera con la devolución del original de la póliza, con la presentación del acta de recepción definitiva o única o con una certificación expedida por la entidad beneficiaria.
¿En qué caso puede ser ejecutada?
 
Esta garantía puede ejecutarse por incumplimiento del contrato, por terminación unilateral del mismo o en caso que no ser renovada oportunamente a solicitud del beneficiario y/o contratista.

Buen Uso de Anticipo

Esta garantía avaliza la correcta utilización de los recursos entregados por la entidad beneficiaria al contratista, en calidad de anticipo para la ejecución de los trabajos contratados.

Es factible otorgar esta fianza tanto al Sector Público como al Privado y en los dos casos, la póliza es emitida por el monto total recibido en calidad de anticipo.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje me deben entregar con anticipo?
 
El valor del anticipo puede fluctuar entre el 30% – 70% de valor del contrato, no es un porcentaje normado en la ley de contratación Pública, depende de lo estipulado en el contrato y de la entidad contratante.
¿Hasta cuándo deberá estar vigente?
 
Se deberá mantener vigente la garantía hasta la amortización total del anticipo, conforme se aprueben planillas de avance de obra por parte del beneficiario. La amortización de planillas se verá reflejada directamente en un ajuste de suma asegurada de la póliza de anticipo en cada renovación.
¿Cómo se libera esta garantía?
 
Esta garantía se libera con la presentación del original de la póliza, a la firma del acta de recepción provisional o con un certificado del beneficiario en el que se indique que el anticipo ha sido devengado en su totalidad.
¿En qué caso puede ser ejecutada?
 
Esta garantía se ejecuta cuando los fondos entregados como anticipo han sido utilizados para otros fines diferentes al del contrato o en caso que no sea renovada oportunamente a solicitud del beneficiario y/o contratista.

Debida Ejecución de Obra y Buena Calidad de Materiales

Garantiza las reparaciones o cambios de aquellas partes de la obra en la que se descubran defectos de construcción, mala calidad o incumplimiento de las especificaciones, imputables al contratista. Generalmente utilizado en construcciones.

Su valor asegurado corresponde al 5% del valor del contrato, «no reemplaza a la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato».

En el Sector privado esta póliza es emitida por el monto estipulado en el contrato, no más de un 10% del valor del contrato.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tiempo de vigencia de esta póliza?
 
La vigencia de esta garantía se estipula mediante el plazo contractual del contrato.
¿Hasta cuándo deberá estar vigente?
 
Esta fianza deberá estar vigente hasta la recepción provisional de la obra.
¿Cómo se libera esta garantía?
 
Esta garantía se libera con la presentación del original de la póliza o a la firma del acta de recepción provisional.
¿En qué caso puede ser ejecutada?
 
Esta garantía se ejecuta cuando los materiales empleados en la obra no son de la calidad acordada o en caso que no sea renovada oportunamente a solicitud del beneficiario y/o contratista.

Buen uso de Carta de Crédito

Si la forma en la que se otorga el anticipo (importación de bienes declarados) es a través de la apertura de una Carta de Crédito esta respalda que el contratista cumplirá con las condiciones declaradas y estipuladas en la misma.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tiempo de vigencia de esta póliza?
 
La vigencia de esta garantía se estipula mediante el plazo contractual del contrato.
¿Hasta cuándo deberá estar vigente?
 
La garantía del Buen Uso de Carta de Crédito permanecerá vigente por el 100% del monto asegurado hasta la recepción provisional de la obra o provisión de suministros.
¿Cómo se libera esta garantía?
 
Esta garantía se libera con la presentación del original de la póliza o con el acta de recepción provisional de los bienes objeto del contrato.
¿En qué caso puede ser ejecutada?
 
Esta garantía se ejecuta cuando los materiales o suministros importados no son los estipulados en el contrato y en la oferta.

Garantía aduanera

Las garantías aduaneras son expedidas exclusivamente para la Corporación Aduanera Ecuatoriana en calidad de entidad beneficiaria. Son generalmente utilizadas para:

  • Pago de derechos arancelarios
  • Cumplimiento de obligaciones y habilitación de depósitos aduaneros o industriales
  • Internaciones temporales
  • Exportaciones temporales
  • Admisiones temporales con re-exportación en el mismo estado
  • Falta de documentación para desaduanizar la mercadería

Preguntas frecuentes

¿Qué ley rige esta fianza?
 
Esta fianza está regida por la Ley de Aduanas. Las Garantías Aduaneras son incondicionales, irrevocables y de cobro inmediato.
¿Hasta cuándo deberá estar vigente?
 
A fin de que la Aduana pueda hacer efectiva la garantía aduanera, se debe agregar a la vigencia señalada un plazo adicional de treinta días.
¿Cómo se libera esta garantía?
 
Esta garantía se libera con la presentación del original de la póliza y todas sus renovaciones debidamente canceladas por la «Corporación Aduanera Ecuatoriana».